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Aprobado proyecto de ley de tenencia responsable de mascotas en Chile

La votación del proyecto se realizó esta semana, y justo cuando se conocía el caso de una pequeña que falleció a causa de un ataque canino en la comuna de Quillota, región de Valparaíso, Chile.

Muchos de nosotros tenemos mascota y nos hacemos cargo, atendemos sus necesidades  pero ¿qué pasa con los irresponsables que ni siquiera les dan comida o los abandonan a su suerte? Por ello necesitamos que esta ley sea revisada y esté en vigencia lo antes posible.

La Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía, iniciativa que quedó en condiciones de ser votado por la Sala de la corporación.

El subsecretario de Salud Pública, Jorge Díaz, manifestó su satisfacción por la aprobación de la normativa propuesta, que fue presentada en 2009. Añadió que esa cartera considera la implantación de la ley como “absolutamente necesaria”, reforzada por la reciente y trágica muerte de una niña ocurrida en Quillota, tras ser atacada por dos canes. Y de muchos otros casos, como el de “Matagatos” y el de Puebla en México. Otro es el del ataque a Emanuel en el Distrito Federal, el cual perdió la vida a causa del ataque de un pitbull.

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Respecto de los recursos considerados en el proyecto, la autoridad del Ministerio de Salud llamó a los municipios a “estar tranquilos”, porque “esta ley tiene un financiamiento asegurado”, especialmente, respecto de contar con recurso humano y para la generación de un registro para llevar un control adecuado de los animales considerados peligrosos.

Lo que opinan muchos es que nuestra legislación civil ha quedado desfasada y obsoleta sobre esta materia sin dar una respuesta clara y contundente a la responsabilidad jurídica que origina la actividad dañosa de un animal fiero.

La regulación propuesta, se advierte, debe tener un carácter general, por cuanto es un reglamento sobre tenencia de animales el que debe regular los aspectos relacionados con las condiciones sanitarias en que éstos deben ser mantenidos, las condiciones de funcionamiento de los establecimientos destinados a la crianza, venta y mantención de mascotas, normar sobre el registro de los canes y felinos, etc.

En consecuencia, la presente propuesta legislativa consiste en lo siguiente

  1. Establecimiento de la Responsabilidad Civil Objetiva por la actividad dañosa de animales.
  2. El dueño de un animal será siempre responsable por los daños que este genere a terceros, sin que sea admisible alegar caso fortuito o fuerza mayor.
  3. El tenedor del animal será asimismo responsable del daño en los mismos términos que el dueño.
  4. Ambos -dueño y tenedor- serán solidariamente responsables del daño ocasionado por el animal.
  5. Responsabilidad del Estado-Municipio respecto a la actividad dañosa ocasionada por animales o perros vagos.
  6. Establecimiento de la obligación de Registro Municipal de Mascotas.
  7. Quien adquiera un animal deberá registrarlo en la Municipalidad correspondiente a objeto de tener certeza de su existencia, propiedad y cualidades genéricas.
  8.  La falta de inscripción deberá generar una infracción administrativa que llevará aparejada una sanción de multa a beneficio municipal.
  9. Competencia del Servicio de Salud correspondiente sobre el destino del animal peligroso que ha generado daños a terceros, debiendo el Municipio proveer del lugar de destinación, por sí o a través de entidades protectoras de animales.
  10.  En caso de daños o lesiones generados por un animal el Servicio de Salud tendrá la competencia para, Calificar la peligrosidad del animal, Ordenar su incautación y/o encierro provisional o definitivo, Ordenar su destinación definitiva.
  11. En caso de lesiones a terceros, además de la responsabilidad civil, el afectado podrá perseguir la responsabilidad penal del tenedor del animal concurriendo ciertos presupuestos objetivos que permitan determinar la existencia de una negligencia inexcusable, tales como falta de registro municipal, aplicación de multas anteriores y otros generales que permitan acreditar un ánimo de causar daño o la negligencia en la generación de dicho efecto.

El proyecto de ley cuenta con 7 Artículos, además de un artículo transitorio, el cual detalla claramente lo que debe hacer una persona responsable de su mascota.

La tenencia responsable abarca muchos puntos, desde responder si tu mascota hizo algo, aunque sea bobo, cuidar de su salud y su seguridad, alimentarla y llevarla al veterinario. Es solo un pequeño sacrificio para alguien que te amara siempre y te será fiel hasta que ya no este en este mundo.

Fuente:  Cámara de Diputados votará proyecto de ley de tenencia responsable de mascotas

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