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Proponen registro y matrícula de bicicletas ¿con costo?

En Chiapas (México), este trámite creo polémica al cobrar una cuota por tenencia y uso de bicicleta… Posteriormente, el Gobierno anunció un subsidio.

El movimiento hacia la movilidad sustentable y consciente ha encontrado un leve tropezón, un intento que va en contra de esta tendencia verde. Hace unos días, el gobierno de Chiapas anunció un impuesto a las bicicletas de uso particular; una cuota por tenencia y derecho a usar esta alternativa de transporte verde. Suena a broma, ¿verdad?

Por supuesto, esta noticia no pasó desapercibida entre activistas y comunidades ciclistas en todo el país, que ahora se mantienen alerta al conocer esta intención del Gobierno chiapaneco que, supuestamente, tiende a una conciencia ambiental. Recordemos que el gobernador Manuel Velasco Coello pertenece al Partido Verde Ecologista de México y está formando a los nuevos defensores de la Tierra.

El trámite llegó a la página del Gobierno, con su respectiva cédula de servicio, señalando los requisitos para dar de alta tu bici, sea nueva o usada. Además de un engorroso trámite, se asignaba una cuota de $95 pesos (mexicanos, unos 7.5 dólares) que se podía pagar con efectivo, tarjeta de crédito o cheque. Por alguna extraña razón, este trámite sólo estuvo en línea unos instantes y luego lo retiraron.

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Ahora, al visitar la página de la Secretaría de Hacienda del Estado de Chiapas, aparece una leyenda en la que aseguran que Chiapas apoya y promueve el uso de la bicicleta como un transporte sustentable. Menciona también que esta alta de bicicletas y sus placas es subsidiada; se obtiene de forma gratuita, por lo cual se entiende que aún cuando no se pague se debe hacer el trámite.

De HECF alcanzó a rescatar los requisitos para el trámite Alta de Bicicletas Nuevas y Usadas del Servicio Particular, que planteaba lo siguiente:

  1. Formulario de Registro y Movimientos al Padrón Vehicular (FV-1), debidamente requisitado.
  2. Documento que acredite la propiedad (Factura, Carta Factura, Fe Testimonial, Fe de Hechos ante Notario Público, Copia de Factura Certificada ante Notario Público, Factura Judicial o Manifestación de Propiedad con la asistencia de 2 testigos).
  3. Identificación oficial del propietario o representante legal en su caso, pudiendo ser cual quiera de las siguientes: Credencial para Votar, Pasaporte vigente, Cédula Profesional, Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional, Certificado de Matricula Consular, Licencia de Conducir vigente o Cédula de Identificación Fiscal “persona moral”. Tratándose de extranjeros: Documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente, en su caso prórroga o refrendo migratorio, de conformidad a la Ley de Migración.
  4. Estado de cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones del sistema financiero, [máximo 3 meses de haberse emitido].
  5. Último recibo del Impuesto Predial, mismo que deberá corresponder al ejercicio en curso, este documento puede estar a nombre del contribuyente o un tercero y no será necesario que se exhiba pagado.
  6. Último recibo de cualquiera de los siguientes servicios máximo 2 meses de haberse emitido: Luz, Teléfono Fijo, Agua, Televisión de paga. (Estos documentos pueden estar a nombre del contribuyente o un tercero y no será necesario que se exhiban pagados).
  7. Última liquidación a nombre del contribuyente, del Instituto Mexicano del Seguro Social.
  8. Contratos de: Arrendamiento, acompañado del último recibo de pago de renta con una antigüedad no mayor a 4 meses que cumpla con los requisitos fiscales, o bien el contrato de subarrendamiento y el último recibo de pago de renta con una antigüedad no mayor a 4 meses que cumpla con los requisitos fiscales (este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero), Fideicomiso debidamente protocolizado, apertura de cuenta bancaria que no tenga una antigüedad mayor a 3 meses (este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero), Servicio de Luz, Teléfono o Agua, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses (este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero).
  9. Carta de Radicación o de Residencia a nombre del contribuyente expedida por los Gobiernos Estatal o Municipal, conforme a su ámbito territorial, que no tenga una antigüedad mayor a 4 meses.
  10. Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal o Municipal, dicho comprobante deberá contener el domicilio del contribuyente y una antigüedad no mayor a 4 meses (este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero).
  11. Documento que acredite la representación legal en su caso.
  12. Último comprobante de pago.
  13. Formulario o recibo oficial que ampare la baja de placa según sea el caso.
  14. Ley Estatal de Derechos, Artículo 6, Fracción II y, Artículo 20, Fracción I, inciso d).
  15. Ley de Migración, Artículos 6 y15.
  16. Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda, Artículo 80, Fracciones II, IV y XX.
  17. Reglamento del Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas, Artículos 25 y 26.
  18. Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas, Artículo 35, Fracción I.

Si la tenencia y el emplacamiento de bicicletas es obligatorio, quiero creer que esto permitirá que el registro tenga una función en caso de robo. Así se tendrá una base de datos con la información actualizada de los propietarios de las bicicletas, los modelos, a lo mejor un número de serie. ¿Por qué no anunciar en forma este trámite, en especial, enfocándose en los beneficios?

Vamos, de esta situación un poco desafortunaada, Chiapas podría sacar algo positivo. Amigos ciclistas, ¿estarían de acuerdo en registrar su bici, si esto les ofrece una forma de comprobar su pertenencia?

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