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La defensa del Nevado de Toluca (I): cambio de categoría

Ante el cambio de categoría de protección del Nevado de Toluca, un grupo de abogados trabaja por revertirlo y para proteger sus recursos naturales.

El año pasado el gobierno mexicano nos sorprendió con el repentino cambio de categoría de protección del Nevado de Toluca. De haber sido considerado como un Parque Nacional – una de las mayores categorías de protección en las leyes ambientales mexicanas – desde la época de Lázaro Cárdenas, pasó a ser un Área de Protección de Flora y Fauna, quedando la posibilidad de utilizar los recursos naturales para explotación.

Muchas personas no estuvieron de acuerdo con tal decisión, por lo que se utilizaron las herramientas jurídicas existentes para combatir tal cambio. Con la asesoría del Bufete de abogados de Ibarrola, y en especial del abogado Francisco González Cancino, se interpuso una demanda de amparo en contra del gobierno mexicano, en específico, de las autoridades encargadas del cambio de categoría y de vigilar el área.

¿Qué se alegó en la demanda?

En primer lugar se consideró que el decreto fue regresivo al reducir el grado de protección y permitir que los recursos sean explotados comercialmente.  Además la omisión de las autoridades de proteger, conservar, vigilar, administrar y mejorar las condiciones del Nevado de Toluca para evitar su deterioro ecológico, así como la falta de adopción de medidas, como reforestación o cuidado de la zona de recarga hidrológica, para garantizar  el derecho a un medio ambiente sano, al agua y otros derechos de las personas.

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Es decir, si las autoridades hubieran tomado las medidas pertinentes, se hubiera podido evitar la degradación del Nevado, y por lo tanto, su cambio de categoría.

La decisión 

Después de todo el juicio, a finales del pasado mes de junio el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal dictó sentencia, en la que, por un lado, se negó que se violaron sus derechos con el cambio de categoría del Nevado, pero por otro se le dio la razón a los ciudadanos en la falta de actuación en la conservación de los recursos y ecosistemas en esta importante área.

El argumento principal para negar que el cambio de categoría puede vulnerar el medio ambiente es que la presión ambiental en esta zona proviene de las actividades humanas que no podían regularse si hubiera continuado como Parque Nacional. A diferencia de esa categoría que se enfoca en la conservación, con la recategorización como Área de Protección de flora y Fauna se permite la regularización de actividades extractivas e intensivas que ya se vienen haciendo, como el aprovechamiento de los bosques, ganadería y agricultura, con la finalidad de que se practiquen de forma sustentable y se generen nuevas fuentes de ingresos para los pobladores, buscando un desarrollo sustentable.

La sentencia contiene importantes razonamientos que podrán servir para continuar en la defensa del Nevado e incluso de otros sitios de importancia ambiental:

  1. Se reconoce que los habitantes de la Ciudad de México tienen interés para acudir a este tipo de instancias para defender su derecho al agua, debido a que el Nevado de Toluca es una zona de origen y de recarga de agua, que proporciona el recurso hídrico tanto a los habitantes del Estado de México como del Distrito Federal.
  2. Se reafirma que las autoridades en cumplimiento de sus funciones deben controlar el crecimiento de la mancha urbana, para evitar que se ponga en riesgo la preservación de un área natural protegida. En este caso, en ningún momento las autoridades adoptaron leyes o políticas para evitar tal crecimiento, ni supervisaron de forma adecuada para evitar irregularidades.
  3. Como consecuencia de la falta de supervisión, vigilancia y sanción de las autoridades, el Nevado de Toluca sufrió un daño ambiental considerable, destacando la contaminación de ríos y arroyos, reducción de la fauna, tala ilegal de bosques, etc.
  4. En relación con la preocupación de la posible apertura de las zonas de amortiguamiento para actividades de minería por la ambigüedad del decreto, se llamó a las autoridades a aplicar los principios precautorio y de protección elevada y expresamente prohibir toda actividad minera en el Nevado.

Como consecuencia del otorgamiento del amparo, las autoridades quedaron obligadas a realizar acciones concretas, específicas e inmediatas para asegurar la reparación integral del derecho a un medio ambiente sano, a través de la implementación de un sistema de transparencia en internet relativo al área y sus características, así como los programas y su implementación para la recuperación del sitio.

A pesar de todo lo anterior, esta sentencia aún no es definitiva, pues tanto el grupo de personas como el gobierno puede impugnar la resolución del Juzgado ante un Tribunal Colegiado de Circuito, quien decidirá si la decisión se apegó a las leyes ambientales y si se analizaron todos los puntos planteados en la demanda.

Mientras tanto, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) sigue trabajando en el Programa de Manejo, tema que trataremos en VeoVerde la próxima semana.

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